El fallecimiento de Heraldo Mansilla llevó a muchos a preguntarse
cuáles son los pasos y tiempos institucionales a seguir en Las Parejas
tras la muerte de su Intendente. FM
Contacto dialogó con la Secretaria del Tribunal Electoral de la
Provincia de Santa Fe, Dra. Claudia Susana Catalín. Se sabe que aquí se
aplica la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece con claridad en
su artículo 29, que "en caso de fallecimiento, renuncia o destitución
hasta un año antes del fin del mandato, hay que elegir un nuevo
Intendente para que complete el periodo faltante al original de cuatro
años que tenía el Intendente anterior". Y es el Poder Ejecutivo
provincial el que tiene la facultad que le otorga la Constitución de la
Provincia de Santa Fe para convocar a nuevas elecciones.
Dijo
la Dra. Catalín que desde la Secretaría Electoral ya se están preparando
todos los antecedentes, todo el material y las normas que van a tener
que dictarse, además de las posibilidades del cronograma electoral,
"para que el Ejecutivo las analice y defina las fechas, ya que es lo
que le corresponde al Sr. Gobernador".
En tal sentido, habrá
entonces un decreto de Bonfatti que será refrendado por el Ministro de
Gobierno y Reforma del Estado,Rubén Galassi, donde se define y convoca a
las elecciones a causa del fallecimiento del Intendente Mansilla.
En principio el plazo mínimo es de 90 días porque es lo que dice la Ley
10.300, no pudiendo ser inferior a ese tiempo el llamado a elecciones.
Cuando se define la fecha de la general se define la fecha de la
primaria porque hay que hacer el proceso completo, tal como se estipula
con la boleta única, y por ende, tendremos los mismos plazos de la
elección pasada, como cuando Mansilla se hizo acreedor a la Intendencia.
Además la Secretaria del Tribunal Electoral explicó que hay varios
antecedentes en la historia provincial, donde hubo elecciones
extraordinarias y muchas veces hubo un mes entre las primarias y las
generales; pero ahora la lógica de la Boleta Única es que debe haber dos
meses por lo menos entre una y otra. Las fechas igualmente serán
decretadas para las dos elecciones, por más que no haya internas, aún
habiendo una ley que dice que se obvia la primaria si es que no hay
necesidad de realizarla.
Se están realizando varios cronogramas
y todos tienen en cuenta como marco al 2012; los tiempos si se quiere
dan, pero la definición será del Ejecutivo Provincial. En este caso, la
boleta única elegirá solamente al candidato a Intendente, sería muy
simple, sin tanta complejidad; y únicamente con la categoría Intendente,
es decir sin concejales.
Fuente: Las Rosas Digital