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lunes, 7 de mayo de 2012

Muerte Digna


Pensar en la muerte propia y en la de los seres queridos, y hablar de ello, no es algo habitual en la Argentina, un país de cultura latina con una fuerte incidencia religiosa y un alto nivel de sentimentalismo que convierte en tabú algunos temas que forman parte de la vida. Lo cierto es que el miércoles próximo el Senado de la Nación daría su voto positivo (se espera que por amplia mayoría) a un proyecto que ya tiene media sanción en Diputados y cuyo título es ley de muerte digna. Su aceptación por parte de los legisladores invita a reflexionar sobre cómo queremos morir. Nada menos.

La muerte digna se incorpora como una modificación a la ley de Derechos del paciente. ¿Qué implica este agregado? Que "toda persona que padezca una enfermedad irreversible, incurable y se encuentre en estado terminal, o haya sufrido un accidente que lo coloque en igual situación tiene derecho a estar informado en forma fehaciente y a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación y de reanimación artificial, cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría y produzcan dolor y sufrimiento desmesurado".

La nueva ley determina que "todo adulto puede disponer directivas anticipadas sobre su salud" a través de una declaración de voluntad que deberá formalizarse por escrito ante escribano público o juzgado de primera instancia con la presencia de dos testigos. Además, establece que "ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la ley estará sujeto a responsabilidad civil, penal ni administrativa".



Fuente: lacapital.com